PARTICIPACIÓN DIRECTA DE LOS MINORITARIOS EN LAS JUNTAS DE ACCIONISTAS DE LA POLAR S.A.
Estimados accionistas,
Dado los últimos acontecimientos acerca de la situación bursátil de la compañía La Polar S.A., especialmente la baja en la cotización de sus acciones, como asimismo los rumores acerca de la demora en concretar el aporte de capital aprobado en Junta Extraordinaria de Accionistas que se llevó a cabo en el 22 de junio pasado, consideramos de suma relevancia el hecho de que los accionistas minoritarios participen directamente de las próximas juntas que – de seguro – se convocarán en el corto plazo para tomar importantes decisiones sobre el futuro de la compañía.
Es por ello que para evitar situaciones pasadas – como fue el caso de las dos últimas Juntas Extraordinarias – donde la concurrencia personal o directa de ustedes fue muy escaza, por mantenerse las acciones en custodia, informamos a ustedes los pasos a seguir para participar
directamente en las próximas juntas.
De acuerdo a las instrucciones impartidas por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), sumado a las consultas de carácter administrativo que hemos realizado a algunas Corredoras de Bolsa, el trámite - que no reviste mayor complejidad y que constituye un derecho de los accionistas a ejercer en cualquier tiempo - es el que a continuación señalamos.
Para ello, ustedes deben obtener un certificado emitido por el Depósito Central de Valores (DCV) de la SVS, documento gravitante ya que la única forma válida para ejercer su derecho a voz y voto en las juntas de accionistas
¿Cómo se obtiene dicho certificado?
1º Ustedes deben solicitar vía correo electrónico o personalmente a la Corredora de Bolsa que tiene sus acciones en custodia el certificado del DCV.
2º Una vez solicitado, deben concurrir personalmente a las oficinas de la Corredora para firmar el respectivo “traspaso” de las acciones. Dicho traspaso no implica una transferencia de dominio de éstas, sino que es el paso para que frente al DCV figuren ustedes como titulares y no la Corredora.
3º Al día siguiente, ya firmado el traspaso, la Corredora junto con el DCV efectúan un “cambio de posición de las acciones”, trámite interno administrativo entre estos dos entes.
4º Normalmente, transcurrido otro día (después del paso anterior) la Corredora envía el documento físico al DCV.
5º Finalmente, ya recibo dicho documento el DCV da su conformidad al traspaso y de esta forma ya están habilitados legalmente para concurrir en forma personal a las Juntas de Accionistas.
Reiteramos a ustedes la importancia de realizar esta gestión que no es otra cosa que ejercer en los hechos un derecho inherente y esencial a cualquier accionista: el derecho a voz y voto en las juntas, donde – sin duda – se toman las decisiones más relevantes para la compañía, lo que tiene directa incidencia en la protección de su inversión.
Esperamos que esta guía sea de utilidad y quedamos a su entera disposición para aclarar sus dudas o recibir sus comentarios.
Reciban un cordial saludo,
Bárbara Salinas Acuña.
Abogado
Luis Eduardo Villarroel Somoza
Abogado
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